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NOTIFICACION del Servicio Aragonés de Salud a Dª Noemí Ruiz de Lobera Martínez de la Resolución del Ordenador de Pagos aprobando el reintegro de pagos indebidos, expediente nº RI/149/5-4.

Publicado el 26/05/2006 (Nº 59)
Sección: BOA V. Anuncios - Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE SALUD Y CONSUMO

Texto completo:

NOTIFICACION del Servicio Aragonés de Salud a Dª Noemí Ruiz de Lobera Martínez de la Resolución del Ordenador de Pagos aprobando el reintegro de pagos indebidos, expediente nº RI/149/5-4.

No habiendo sido posible notificar la Resolución del Ordenador de Pagos aprobando el reintegro de la cantidad percibida indebidamente por Dª. Noemí Ruiz de Lobera Martínez, se procede a su notificación, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO:

Nº expediente: RI/149/5-4

De acuerdo con el expediente de reintegro por pagos indebidos instruido por la Sección de Administración Económica de la Dirección de Coordinación Administrativa del Servicio Aragonés de Salud, de conformidad con lo previsto en el Decreto 44/1989 de 18 de abril, por el que se regulan los reintegros de pagos indebidos y observado lo dispuesto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de Enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se resuelve aprobar el reintegro de la cantidad percibida indebidamente cuyos datos se indican a continuación:

Perceptor: Ruiz de Lobera Martínez, Noemí

CIF / NIF: 16562983-Q

Concepto: Guardias en I. T. (Dto. regular, extra y junio 2004)

Fecha de pago: marzo 2004

Deuda: 134,75 euros

La citada deuda deberá hacerse efectiva en la cuenta corriente de Ibercaja 2085 0103 97 0330239096, haciendo constar el nombre y nº de expediente, en los plazos que a continuación se expresan:

* Si la notificación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

* Si la notificación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Transcurridos los plazos indicados sin haberse efectuado el ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y en su caso, las costas que se produzcan.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Salud y Consumo, en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el art. 48.3 del Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud y el 115 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 15 de mayo de 2006.-El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, Antonio Brun Macipe.